Normas del Tribunal de Justicia de la UE: los juegos descargados se pueden revender pero sujetos a restricciones
El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas dictaminó que los consumidores tienen derecho a revender juegos y software descargados comprados, incluso si existe una cláusula de prohibición de reventa en el acuerdo de licencia de software. A continuación se ofrece una interpretación detallada de esta sentencia.
Principio de agotamiento de los derechos de autor y límites de los derechos de autor
El Tribunal de Justicia de la UE ha dictaminado que los consumidores pueden revender legalmente juegos y software previamente comprados y descargados. El fallo surge de una disputa legal entre un tribunal alemán entre el distribuidor de software UsedSoft y el desarrollador Oracle.
El principio establecido por el tribunal es el agotamiento de los derechos de distribución (principio de agotamiento de los derechos de autor₁). Esto significa que los derechos de distribución se agotan cuando el titular de los derechos de autor vende una copia y concede a un cliente el derecho a utilizar esa copia indefinidamente, permitiendo la reventa.
Esta sentencia se aplica a los consumidores de los estados miembros de la UE y cubre los juegos obtenidos a través de plataformas como Steam, GOG y Epic Games. El comprador original tiene derecho a revender la licencia del juego, permitiendo que otros ("Comprador") descarguen el juego desde el sitio web del Editor.
La sentencia decía: “Un acuerdo de licencia otorga a un cliente el derecho a utilizar la copia indefinidamente, y el titular de los derechos agota sus derechos de distribución exclusivos vendiendo la copia al cliente… Por lo tanto, incluso si el acuerdo de licencia prohíbe futuras transferencias, el titular de los derechos ya no puede oponerse a la reventa de la copia ”
.En la práctica, podría verse así: el comprador original proporciona el código de la licencia del juego y luego cede el acceso después de la venta/reventa. Sin embargo, la falta de un mercado o sistema comercial claro aumenta la complejidad y muchas cuestiones siguen sin resolverse.
Por ejemplo, la cuestión de cómo funciona la transferencia de registro. Por ejemplo, las copias físicas seguirán estando registradas en la cuenta del propietario original.
(1) "La doctrina del agotamiento de los derechos de autor limita el derecho general del titular de los derechos de autor a controlar la distribución de su obra. Una vez que se han vendido copias de una obra con el consentimiento del titular de los derechos de autor, se dice que ese derecho es ' agotado': esto significa que el comprador es libre de revender la copia sin que el propietario de los derechos tenga derecho a objetar." (a través de Lexology.com)
El revendedor no puede acceder ni jugar el juego después de la reventa
Los editores incluyen cláusulas de no transferibilidad en los acuerdos de usuario, pero el fallo anula tales restricciones en los estados miembros de la UE. Si bien los consumidores obtuvieron el derecho a revender, la limitación era que la persona que vendía el juego digital no podía seguir jugando.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró: “El comprador original de una copia tangible o intangible de un programa de computadora cuyos derechos de distribución del titular de los derechos de autor se han agotado debe inutilizar la copia descargada en su computadora al momento de la reventa. Si continúa usándolo, infringirá el derecho exclusivo del titular de los derechos de autor de reproducir su programa de computadora ”
.Permiso para realizar las copias necesarias para el uso del programa
Respecto al derecho de reproducción, el tribunal aclaró que si bien el derecho de distribución exclusiva se ha agotado, el derecho de reproducción exclusiva aún existe, pero está “sujeto a la reproducción requerida para su uso por parte del adquirente legítimo”. Las reglas también permiten la realización de las copias necesarias para el uso del programa, y ningún contrato puede impedirlo.
“En este caso, la respuesta del tribunal fue que cualquier adquirente posterior de una copia cuyos derechos de distribución del titular de los derechos de autor se hayan agotado constituye un adquirente legal. Por lo tanto, puede venderle al primer adquirente una copia para que la descargue en su cuenta. computadora, dicha descarga debe considerarse como una copia del programa de computadora, que es necesaria para permitir que el nuevo adquirente utilice el programa de acuerdo con el propósito previsto." (De la Ley de derechos de autor de la UE: Comentario (Serie de revisiones de la ley de propiedad intelectual de Elgar) Segunda Edición")
Restricciones en la venta de copias de seguridad
En particular, el tribunal dictaminó que las copias de seguridad no pueden revenderse. Los adquirentes legítimos no pueden revender copias de seguridad de programas informáticos.
“Un adquirente legal de un programa informático no puede revender una copia de seguridad del programa”. Así lo establece la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en el caso Aleksandrs Ranks & Jurijs Vasilevics contra Microsoft Corporation.